Tramuntana Tramuntana, Mayorista de viajes
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Condiciones de la Cobertura de Gastos de Cancelación
Gastos de anulación de viaje
Se garantiza el reembolso del importe abonado por el Asegurado y de hasta 2 acompañantes (personas incluidasen el mismo programa de viaje contratado conjuntamente con la Agencia de Viajes y que deberán reunir lacondición de ser también Asegurados por la presente póliza de seguro), entregado a título de señal y retenidocomo indemnización, como consecuencia de la anulación del viaje en los siguientes casos:
a) Debido al fallecimiento, enfermedad grave, o accidente corporal grave de:
- El Asegurado, cónyuge, y familiares en primer o segundogrado.
- De la persona encargada durante el viaje del Asegurado,de la custodia, en la residencia habitual, de los hijos menores de edad o disminuidos.
Por enfermedad grave se entiende una alteración de lasalud que implique hospitalización o necesidad de guardarcama y que, a juicio, de un profesional médico impida la iniciación del viaje del Asegurado en la fecha prevista,o conlleve riesgo de muerte para alguna de las personas citadas anteriormente.
b) Debido al acontecimiento de un asunto grave que afecte a la propiedad del Asegurado y haga indispensablesu presencia en:
- Residencia principal.
- Local profesional o de negocios.
c) Debido al despido laboral del Asegurado. En ningún caso entrará en vigor esta garantía por término del contrato laboral, renuncia voluntaria o por la no superación período de prueba. En todo caso, el seguro deberá haberse suscrito antes de la comunicación escrita por parte de la empresa del trabajador.
d) Debido a la incorporación del Asegurado a un nuevo puesto de trabajo, en una empresa distinta con contrato laboral superior a un año, siempre que la incorporación se produzca con posterioridad a la inscripción del viaje y, por tanto, a la suscripción del seguro.
e) Debido a la convocatoria del Asegurado como parte o testigo de un tribunal judicial o laboral.
En todo caso, es requisito indispensable que el seguro se haya suscrito y comunicado a ARAG en el momento de la confirmación de la reserva del viaje.

8. Límites
El límite máximo de la indemnización contemplada en el artículo 7 será el precio del viaje o el del alquiler, que consta en la reserva efectuada en la Agencia de Viajes, con el máximo del capital estipulado en las Condiciones Particulares, elegido por el Asegurado, para el caso de que el siniestro afecte a un solo Asegurado, o hasta el doble de dicho capital para el supuesto de que también se indemnice a 2 acompañantes (personas incluidas en el mismo programa de viaje contratado conjuntamente con la Agencia de Viajes y que deberán reunir la condición de ser también Asegurados por la presente póliza de seguro), entregado a título de señal.
El Asegurador asumirá los gastos reseñados, dentro de los límites establecidos y hasta la cantidad máxima contratada para cada caso. Tratándose de hechos que tengan la misma causa y se hayan producido en un mismo tiempo, serán considerados como un siniestro único. El Asegurador estará obligado al pago de la prestación, salvo en el supuesto de que el siniestro haya sido causado por mala fe del Asegurado.
El Asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro. En cualquier supuesto, el Asegurador abonará, dentro de los 40 días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el importe mínimo de lo que pueda deber, según las circunstancias por él conocidas. Si en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro el Asegurador no hubiese realizado dicha indemnización por causa no justificada o que le fuere imputable, la indemnización se incrementará en un 20 por 100 anual.

9. Exclusiones Las garantías concertadas no comprenden:
a) Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquéllos en que concurra dolo o culpa gravepor parte del mismo.
b) Las dolencias o enfermedades crónicas preexistentes, así como sus consecuencias, padecidas por el Aseguradocon anterioridad al inicio del viaje.
c) La muerte por suicidio o las lesiones o enfermedades derivadas del intento o producidas intencionadamente por el Asegurado a sí mismo, y las derivadas de empresa criminal del Asegurado.
d) Las enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión de alcohol, psicotrópicos, alucinógenos o cualquier droga o sustancia de similares características.
e)Los tratamientos estéticos y el suministro o reposición de audífonos, lentillas, gafas, ortesis y prótesis en general y cualquier tipo de enfermedad mental. Asimismo quedan excluidas las reclamaciones derivadas directa o indirectamente de las complicaciones
ocurridas a partir del séptimo mes de embarazo.
f) Las lesiones o enfermedades derivadas de la participación del Asegurado en apuestas, competiciones o pruebas deportivas, la práctica del esquí y de cualquier otro tipo de deportes de invierno o de los denominados de aventuras, y el rescate de personas en mar, montaña o desierto.
g) Los supuestos que dimanen, en forma directa o indirecta, de hechos producidos por energía nuclear, radiaciones radiactivas, catástrofes naturales, acciones bélicas, disturbios o actos terroristas. Quedan excluidos de las coberturas de la presente póliza aquellos países que durante el viaje o desplazamiento del Asegurado se hallen en estado de guerra o de sitio, insurrección o conflicto bélico de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente, y aquellos que específicamente figuren en el recibo o en las Condiciones Particulares.

DEBER DE INFORMACIÓN AL ASEGURADO
Asegurado por el presente certificado, antes de la contratación del seguro, ha recibido la siguiente información, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 60 de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en los artículos 104 al 107 de su Reglamento:
El Asegurador de la póliza es ARAG Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A., sociedad anónima establecida en España, con domicilio social en Barcelona, calle Roger de Flor, 16.La legislación aplicable al contrato de seguro es la española, en particular, la Ley 50/1980 de 8 de Octubre, de Contratode Seguro.
El Tomador o el Asegurado pueden, en caso de litigio con el Asegurador, acudir al Arbitraje y a los Tribunales Ordinarios de Justicia españoles, con independencia del derecho a formular las reclamaciones oportunas ante Dirección General de Seguros.
Firma del Asegurado

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
En el caso de incluirse en esta solicitud datos de personas físicas distintas del tomador del seguro, éste deberá informar previamente a tales personas de los extremos señalados en los párrafos siguientes.
El solicitante consiente que los datos de carácter personal que pudieran constar en esta solicitud sean incluidos en los ficheros del Mediador y de ARAG. El tratamiento de tales datos tiene por finalidad facilitar el establecimiento y desarrollo de las relaciones contractuales que vinculan al solicitante con la Entidad Aseguradora.
Los datos personales facilitados serán susceptibles de comunicación a otras Entidades Aseguradoras u organismos públicos relacionados con el sector asegurador, con fines estadísticos, de lucha contra el fraude o a efectos del coaseguro o reaseguro del riesgo.
La prestación del consentimiento a dicho tratamiento resulta imprescindible para la formalización de la relación contractual a la que se refiere el presente documento, no siendo posible sin el mismo.
El solicitante podrá ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación ante la Correduría o ante la Entidad Aseguradora, en los términos previstos en la legislación de protección de datos, dirigiendo sus comunicaciones al domicilio social de las mismas.
Asimismo, el solicitante autoriza a ARAG el tratamiento de sus datos a fin de remitirle información sobre otros productos de seguro comercializados por la Compañía y, para cederlos con el mismo fin a otras Compañías del grupo.
Si no desea recibir información promocional de Arag o de las Compañías del grupo, hágalo saber marcando la siguiente casilla: c. La negativa a autorizar éste último tratamiento no impedirá la formalización de la relación contractual.

¿Qué hacer en caso de siniestro?
1. Tranquilícese, los nervios no le ayudarán.
2. Llámenos de inmediato, nosotros sí le ayudaremos Los 365 días del año y las 24 horas de cada día, estamos a su servicio. La llamada la puede realizar a cobro revertido a través del 1009.
3. Para una mayor eficacia y rapidez, cuando nos llame tenga preparados los siguientes datos:
- Nombre del Asegurado y del Tomador de la póliza.
- Número de la póliza y del certificado individual.
- Lugar y número de teléfono desde donde realiza la llamada.
- Qué asistencia precisa de ARAG.
4. De forma genérica:
- Solicite, guarde y facilítenos todos los certificados y facturas que puedan afectar a cualquiera de las garantías solicitadas.
- Haga todo lo posible para aminorar las consecuencias del siniestro empleando todos los medios a su alcance.
- Ante cualquier duda, llámenos, estamos para ayudarle.


TARIFAS SEGURO COBERTURA DE GASTOS DE CANCELACIÓN


Mundo

PVP Viaje

21 €

Hasta 600 €

43 €

Hasta 1200 €

63 €

Hasta 1800 €

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